TESTIMONIO: VISTO: El actual tendido de la red de gas natural y cloacas en el sector este de Pueblo Nuevo, y CONSIDERANDO: Que quedar¡a en dicha red concretar la cobertura de cuatro manzanas habitadas, no contempladas por la obra. Que es inquietud de los vecinos de esas manzanas contar con dichos servicios. Que si bien la densidad de la poblaci¢n es baja, le asiste a la misma igual derecho en los servicios requeridos que al resto de la poblaci¢n. Que en el caso espec¡fico del gas se agrega el factor econ¢mico, por el costo del gas envasado. Que el proyecto de ampliaci¢n de red de gas fue declarado por este Honorable Concejo Deliberante de Utilidad P£blica a trav‚s de la Ordenanza 10/93, y el precio de las redes que fuera establecido por la Ordenanza 25/95. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: C O M U N I C A C I O N N§ 5/96 ---------------------------------- ARTICULO 1.- Solic¡tase al Departamento Ejecutivo arbitre las ------------ medidas necesarias, para lograr suministrar a los vecinos comprendidos en las manzanas de calle 108, 13, 110 y 11; 110, 9, 112 y 11; 110, 11, 112 y 13; y 110, 13, 112 y 15 los servicios de gas natural y cloacas.-------------------------------- ARTICULO 2.- C£mplase, comun¡quese al Departamento Ejecutivo a sus ------------ efectos, reg¡strese y publ¡quese.-------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesi¢n Ordinaria, a los once d¡as del mes de julio de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan Jos‚ Troya - SECRETARIO.-----------